División del Poder - Reseña

lunes, 7 de marzo de 2011


Breve reseña de la División del Poder en Argentina 1810/1853
Por Marcelo Chamau


            I- División del Poder (Introducción)
           
       Uno de los pilares fundamentales para la subsistencia de la democracia constitucional, consiste en distribuir el poder del Estado entre los diversos órganos del gobierno, el Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo o como explicara Juan Bautista Alberdi "…dividido en los tres poderes elementales destinados a hacer, interpretar y a aplicar la ley tanto constitucional como orgánica”[1]. Este instrumento requiere un delicado equilibrio y de controles recíprocos para impedir que el funcionamiento del sistema desborde los límites impuestos. Mirando hacia atrás en el desarrollo de distribuir el poder del Estado entre los diversos órganos del gobierno, fue de un largo y paulatino proceso.
          En una primera etapa, se limitaba a distinguir la función legislativa de la ejecutiva. La facultad de aplicar la ley para resolver los conflictos particulares fue considerada como una potestad perteneciente al órgano ejecutivo.
           Recién a mediados del siglo XVIII Montesquieu expuso la teoría de la División de Poderes, donde las funciones legislativas, ejecutivas y judiciales fueran ejercidas por diferentes órganos, sustrayendo al órgano ejecutivo la función jurisdiccional. Esto desemboca en el desarrollo de dos modelos diferentes, productos de dos grandes revoluciones y que se han seguido hasta la Segunda Guerra Mundial: la corriente francesa y la norteamericana. 
Francia tuvo un sistema en el que los legisladores controlaban a los jueces a través de un órgano especial, el Tribunal de Casación y en Norteamérica los jueces y la Corte Suprema fueron los encargados de controlar al Poder Legislativo y al Poder Ejecutivo.